Secretaría de Planeación Municipal
Funciones
La Secretaría de Planeación Municipal es la dependencia planificadora del municipio, tanto en materia económica, ambiental, territorial, social y financiera como en materia institucional y administrativa. Para el efecto ejercerá las siguientes funciones:
- Desarrollar las actividades y asumir las funciones relacionadas con los procesos de Planificación del Desarrollo Socioeconómico de conformidad con lo establecido en la Constitución Política y Ley Orgánica de Planeación (Ley 152 de 1.994), la elaboración de los Planes plurianuales de Inversiones Publicas y el Plan Operativo anual de Inversiones conforme lo establecen las normas orgánicas del Presupuesto y elaborará el Presupuesto de Inversiones del Municipio de conformidad con los criterios de focalización establecidos por la Constitución y demás normas legales que establecen los criterios aplicables para la libre y forzosa inversión.
- Dirigirá la elaboración, modificación, aplicación y seguimiento del Plan de Ordenamiento Territorial y el Desarrollo Urbano del Municipio.
- Le corresponde la Estratificación Socioeconómica, los Usos del Suelo y demás parámetros para el ordenamiento territorial y crecimiento de la ciudad.
- Adicionalmente asumirá las funciones relacionadas con los Sistemas de Información para la Planificación (Financieros, Económicos, Sociales, de Calidad de Vida, Sisben, la cartografía, población y territorio), especialmente los georeferenciados.
- Le corresponde también el Direccionamiento Estratégico de la Ciudad y de la Administración Municipal, el diseño, formulación, desarrollo y la dirección para la implementación de los Sistemas de Gestión Administrativos (Sistema de Gestión de la Calidad, Sistema de Desarrollo Administrativo y Sistema de Control Interno) en los términos y condiciones que señale la ley y las directrices de la Función Pública.
- Asumirá también la Prestación de los Servicios de Información y la Generación y Gestión del Conocimiento que se divulgará ampliamente a través de la Web de la Administración Municipal.
- Deberá identificar a la población pobre y vulnerable del municipio para la debida clasificación dentro del
En materia ambiental:
- Tomar las medidas necesarias para el control, la preservación y la defensa del medio ambiente en el municipio, en coordinación con la Corporación Autónoma Regional de Risaralda, Carder.
- Promover, participar y coordinar la ejecución de programas y políticas para mantener el ambiente sano.
- Coordinar y dirigir, con la asesoría de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda, Carder, las actividades permanentes de control y vigilancia ambientales, que se realicen en el territorio del municipio.
- Coordinar la ejecución de obras o proyectos de descontaminación de corrientes o depósitos de agua afectados por vertimientos, así como programas de disposición, eliminación y reciclaje de residuos líquidos y sólidos y de control a las emisiones contaminantes del aire.
- Promover, cofinanciar o coordinar la ejecución, en coordinación con otras entidades publicas comunitarias o privadas, obras y proyectos de irrigación, drenaje, recuperación de tierras defensa contra las inundaciones y regulación de causes y corrientes de agua.
- Realizar las actividades necesarias para el adecuado manejo y el aprovechamiento de cuencas y microcuencas hidrográficas.
- Prestar el servicio de asistencia técnica y realizar transferencia de tecnología en lo relacionado con la defensa del medio ambiente y la protección de los recursos naturales.
A todas las actividades de los procesos y competencias asumidas deberá realizar seguimiento y evaluación en los términos que señale el Plan Municipal de Desarrollo y los reglamentos.
Contacto
Dirección: Av. Simón Bolívar No 36-44 Centro Administrativo Municipal CAM - Tercer piso
Correo Electrónico: planeacion@dosquebradas.gov.co
Teléfono: (+57) 606 3116566 - Extensión: 162